Todo extranjero que obtenga una Residencia en Panamà puede solicitar una Licencia de Conducir, usted como turista sòlo puede conducir por 90 dìas con Licencia de su paìs.
Los requisitos para obtener Licencia en Panamà son:
(Fuente: Setracen)
PRIMERA VEZ EXTRANJEROS CON LICENCIA EXTRANJERA
EL USUARIO SÓLO PODRÁ OPTAR POR LAS SIGUIENTES CATEGORIAS “A”, “B”, “C”, “D”:
– Certificar la Licencia extranjera vigente.
Nota: No aplican licencias de conducir con categorías para conducir transporte público, artículo 113 acápite b.1. requiere “Ser panameño”.
– Debe anexar documento de fiel copia de licencia debidamente sellada y firmada por la entidad que emite la certificación.
– Certificar el documento en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
– Original y copia de carnet de migración, el mismo debe estar vigente.
– Original y copia de Pasaporte, el mismo debe estar vigente.
– Original y copia de licencia extranjera vigente.
– Presentar Tipaje de sangre emitido por laboratorios autorizados por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre. Debe indicar el nombre completo del usuario, número de cédula de identidad para nacionales o número de pasaporte para extranjeros, sello y firma fresca del médico. Excepción: Si la licencia tiene el Tipaje, no se requiere resultado de tipaje de sangre.
– Realizar Validaciones visual y auditiva en la sucursal donde solicite el trámite.
– Debe estar paz y salvo con la A.T.T.T
– B/.40.00 en efectivo (incluye Validación visual y auditivo)
– El pago debe ser realizado en las cajas de la A.T.T.T. ubicadas en las sucursales de Sertracen donde realice el trámite.
Existen tres opciones para certificar la licencia de conducir extranjera:
Por Representación Diplomática Apostillada, Refrendo Consular
A continuación se describen cada una de ellas:
A. Certificación Emitida por Representación diplomática en Panamá:
Certificar la Licencia de conducir vigente en la embajada o consulado del país donde fue emitida la licencia.
Debe incluir fiel copia de licencia certificada, debidamente sellada y firmada por embajada o consulado.
Autenticar la Certificación en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Panamá.
B. Apostillada:
Certificar licencia de conducir vigente en la entidad emisora de licencia en país de origen.
Debe incluir fiel copia de su original de la licencia certificada, debidamente sellada y firmada por representante de la entidad emisora de la licencia de conducir.
Apostillar la Certificación en el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país de origen. Sólo para países signatarios del Convenio de la Haya.
C. Refrendo Consular:
Certificar licencia de conducir en entidad emisora de licencia en país de origen.
Debe incluir fiel copia de su original de la licencia certificada, debidamente sellada y firmada por representante de la entidad emisora de la licencia de conducir.
Autenticar la Certificación en el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país de orige
Autenticar la certificación de Ministerio de Relaciones Exteriores de su país de origen en Consulado de Panamá
Autenticar la certificación del Cónsul de Panamá en Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
** Las Certificaciones de las Embajadas o Consulado debe presentar la siguiente información:
El término “Certifica o Declara”
Nombre del Cónsul o persona autónoma encargada de validar la información
Nombre del Usuario, y Nº de pasaporte como lo estable el pasaporte de su paísNº de Licencia a validar y fecha de expiración
Lugar o país de emisión de licencia.
Describir las categorías de vehículos (en caso de que la licencia detalle las categorías, no es necesario que la certificación lo detalle, se deja copia de la licencia en ambas caras).
Garantizar que es fiel copia de su original.